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RESOLUCIONES DE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
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AÑO 2026
No aceptación de la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) presentada en fecha 2 de febrero de 2026 (núm. registro 2026002823), por la persona solicitante, dado que concurre la causa de no aceptación prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 y 3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) en no poderse considerar como una solicitud de acceso a la información pública.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) presentada en fecha 28 de enero de 2026 (núm. registro 2026002362), por la persona solicitante, dado que concurre la causa de inadmisión prevista en los artículos 29.1.c) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 67 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información en fase de elaboración.
AÑO 2025
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) presentada en fecha 29 de desembre de 2025 (núm. registre 2025040336), por la persona solicitante, dado que concurre la causa de inadmisión prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) presentada en fecha 06 de noviembre de 2025 (núm. registro 2025033934), por la persona solicitante, dado que concurre la causa de inadmisión prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública.
Estimar parcialmente la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 24 de septiembre de 2025 (RE 2025028213), en la cual Josefa Redondo Solís, en nombre y representación del grupo municipal Grupo Popular solicita información afectada por límites al derecho de acceso a la información establecidos en los artículos 21.1.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre de 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 69.3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) -investigación o la sanción de las infracciones penales, administrativas o disciplinarias- y los artículos 21.1 d) de la Ley 19/2014 (LTC) y 69.4 del Decreto 8/2021 (RLTC) -principio de igualdad de las partes en los procesos judiciales o la tutela judicial efectiva-.
Estimar parcialmente la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 10 de septiembre de 2025 (RE 2025027081), en la cual Marina Ferrer Sánchez, en nombre y representación del grupo municipal VOX solicita información relativa a la Fiesta Mayor de Viladecans de 2025, dado que se ve afectada por los límites al derecho de acceso a la información pública establecido en los artículos 2 b) y 21.1 a) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre de 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y los artículos 53 y 69.2 a) del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC).
Estimar parcialmente la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 05 de septiembre de 2025 (RE 2025026771), en la cual se solicita la información siguiente “Uno registro de asistencia de los grupos de Bebés de I0 de las 4 guarderías municipales (…)”, dado que se ve afectada por los límites al derecho de acceso a la información pública establecidos en los artículo 21.1 e) y 21.3 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre de 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC).
Estimar parcialmente las solicitud de acceso a la información pública (SAIP) registradas de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 10 de julio de 2025 (RE 2025021440) y en fecha 04 de septiembre de 2025 (RE 2025021440), -la primera formulada como solicitud de acceso a la información pública y la segunda formulada coma reclamación de respuesta de la primera-, en las cuales Josefa Redondo Solís, en nombre y representación del grupo municipal Grupo Popular solicita información afectada por límites al derechos de acceso establecidos en los artículos 21.1.b) de la Ley 19/2014 (LTC) y 69.3 del Decreto 8/2021 (RLTC) -investigación o la sanción de las infracciones penales, administrativas o disciplinarias- y los artículos artículo 21.1 d) de la Ley 19/2014 (LTC) y 69.4 del Decreto 8/2021 (RLTC) -principio de igualdad de las partes en los procesos judiciales o la tutela judicial efectiva-.
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 30 de junio de 2025 (RE 2025019890), dado que concurre la causa de inadmisión prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre de 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública.
Inadmitir a trámite parcialmente la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 20 de mayo de 2025 (n.º registro 2025015558), en la cual Marina Ferrer Sánchez en nombre y representación del grupo municipal VOX solicita información relativa a la seguridad y convivencia ciudadana. Dado que concurre la causa de inadmisión prevista en el artículo 21.1.a) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre de 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) “seguridad pública” y el artículo 69.2.a) del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) se inadmite parcialmente a trámite la mencionada SAIP.
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 25 de abril de 2025 (RE 2025012501), dado que una parte de la solicitud de información se ve afectada por la causa de inadmisión prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública y el artículo 29.2 de la Ley 19/2014 (LTC) respecto a una de las causas de inadmisión.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) presentada en fecha 25 de abril de 2025 (nº registro 2025012573), por la persona solicitante, dado que concurre la causa de inadmisión prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública y 29.2 de la Ley 19/2014 (LTC) respecto a una de las causas de inadmisión.
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 27 de marzo de 2025 (RE 2025009304), por concurrencia de un límite previsto en el artículo 21.1a) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre de 2014, de acceso a la informació pública y buen gobierno (LTC) y el artículo 69.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC).
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) presentada en fecha 20 de febrero de 2025 (núm. registro 2025005335), por la persona solicitante, dado que concurre la causa de inadmisión prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública.
Inadmitir parcialmente a trámite la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 12 de febrero de 2025 (RE 2025003882), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en el artículo 29.1b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 66 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC).
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 4 de febrero de 2025 (RE 2025003240), por concurrencia de un límite legalmente previsto en el artículo 21.1g) y 2 de la Llei 19/2014, de 29 de diciembre de 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC).
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 4 de febrero de 2025 (RE 2024003162), por concurrencia de un límite legalmente previsto en el artículo 21.1c) y 2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC).
RESOLUCIONES DE LA COMISIÓN DE GARANTIA DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (GAIP)
Resolución GAIP 1276/2025, de 4 de septiembre, de finalización por acuerdo de mediación.
AÑO 2024
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registra de entrada en el Ayuntamiento Viladecans en fecha 14 de octubre de 2024 (RE 2024028748), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, e 29 de diciembre,de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.1 a 3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública y que esta ha de ser temporamente preexistente a la presentación de la solicitud de acceso.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registra de entrada en el Ayuntamiento Viladecans en fecha 29 de mayo de 2024 (RE 2024016722), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre,de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 y 3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso ala información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública y que esta ha de ser temporamente preexistente a la presentación de la solicitud de acceso.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registra de entrada en el Ayuntamiento Viladecans en fecha 29 de mayo de 2024 (RE 2024016722), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre,de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 y 3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso ala información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública y que esta ha de ser temporamente preexistente a la presentación de la solicitud de acceso.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registra de entrada en el Ayuntamiento Viladecans en fecha 29 de mayo de 2024 (RE 2024016708), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre,de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 y 3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública y que esta ha de ser temporamente preexistente a la presentación de la solicitud de acceso.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 28 de marzo de 2024 (RE 2024016607), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública.
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 27 de marzo de 2024 (RE 2024008590), por concurrencia de un límite legalmente previsto en el artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de deciembre, general tributaria, y el artículo 21.1c) y 2 de la Ley 19/2014 (LTC)
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 7 de marzo de 2024 (RE 2024006753), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 14 de febrero de 2024 (RE 2024004662), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los artículos 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y 53.2 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) respecto del concepto de información pública.
RESOLUCIONES DE LA COMISIÓN DE GARANTIA DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (GAIP)
Resolución GAIP 1123/2024, de 12 de septiembre, de finalización por la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación.
Resolución GAIP 864/2024, de 27 de junio, de finalización per inadmisión de la reclamación.
Resolución GAIP 573/2024, de 2 de mayo, de finalización por la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación.
Resolución GAIP 406/2024, de 4 de abril, de finalización por la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación.
AÑO 2023
DENEGACIONES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 13 de noviembre de 2023 (RE 2023035431), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los art. 53.2 y 3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) y estimarla por lo que respecta al resto de información.
Inadmetir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 30 de octubre de 2023 (RE 2023034113), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los art. 21.1.g) i 29.1.a) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transaprencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC).
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 9 de noviembre de 2023 (RE 2023035173), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en los art. 53.2 y 3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre transparencia y el derecho de acceso a la información pública.
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 4 de septiembre de 2023 (núm. RE 2023027874), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista en el art. 53.1 a 3 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) y estimarla por lo que respecta al resto de información.
Inadmisión de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 30 de mayo de 2023 (núm. registro 20230018030), ya que la información solicitada no se adecua al concepto de información pública, y que el Ayuntamiento de Viladecans no es competente para pedir información ni documentación a una entidad privada que no es sujeto obligado de la Ley de Transparencia.
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 22 de marzo de 2023 (núm. registro 20230063925723), por concurrencia de un límite legalmente previsto (artículos 21.1.g) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre de 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC).
Desestimación de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 15 de febrero de 2023 (núm. registro 2023005723), por concurrencia de un límite legalmente previsto (artículos 21.1.a) y 24.2 de la Llei 19/2014, de 29 de desembre de 2014, de acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y artículos 69.2.a) y c) del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC).
Desestimación de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 21 de marzo de 2023 (núm. registro 2023009674) atendiendo que la información solicitada no obra en poder de la Administración (artículo 2.b) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC) y artículo 53 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC) ni es material que la Administración confeccione.
RESOLUCIONES DE LA COMISIÓN DE GARANTIA DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (GAIP)
Resolución GAIP 193/2023, de 2 de marzo, exámenes corregidos de todos los aspirantes de un proceso de selección.
Resolución GAIP 592/2023, de 6 de julio, de inadmisión de la reclamación 499/2023 por no tener por objeto el derecho de acceso a la información pública.
Resolución GAIP 609/2023, de 13 de julio, de finalización por la pérdida sobrevenida del objecto de la reclamación.
Resolución GAIP 802/2023, de 7 de septiembre, de finalización por la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación.
ANY 2022
DENEGACIONES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Inadmisión parcial a trámite de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada al Ayuntamiento de Viladecans el 23 de febrero de 2022 (núm. de registro 6935) por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista y estimarla por lo que respecta al resto de información. (artículo 53.3 del Decret 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (RLTC).
Inadmitir parcialmente a trámite la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) presentada en fecha 2 de marzo de 2022 (RE 2022007873) y estimar el resto de la solicitud de acceso a la información pública
Estimar parcialmente la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans el día 20 de mayo de 2022 (RE 2022017889) y determinación de la entrega de la documentación. grupo municipal PODEMOS.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans el 8 de junio de 2022 (núm. registro 2022019901) por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista.
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans el 8 de junio de 2022 (RE 202219898) por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista.
Resolución para estimar parcialmente la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) registrada de entrada el 28 de junio de 2022 (RE2022022491), por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista.
Resolución para estimar parcialmente la solicitud de acceso a la información pública (SAIP) registrada de entrada del día 26 de abril de 2022 (RE 2022014169) por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista.
Desestimación de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans en fecha 18 de julio de 2022 (núm. registro 2022024855), dado que la información solicitada se ve afectada por el límite al derecho de acceso por causar un perjuicio para la investigación/sanción de las infracciones penales, administrativas o disciplinarias así com para la igualdad de las partes en los procesos judiciales.
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento el 21 de noviembre de 2022 (núm. registro 2022038238) por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista
Inadmitir parcialmente la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento el 17 de noviembre de 2022 (núm. registro 2022037981) por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista.
AÑO 2021
RESOLUCIONES DE ACCESO PARCIAL
Inadmisión parcial a trámite de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans el 29 de septiembre de 2021 (núm. de registro 30108) por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista y estimarla en cuanto al resto de la información.
Estimación parcial de la solicitud de acceso a la información pública registrada de entrada en el Ayuntamiento de Viladecans el 20 de mayo de 2022 (núm. de registro 17889) por concurrencia de una causa de inadmisión legalmente prevista y estimarla por lo que respecta al resto de la información.
RESOLUCIONES DE LA COMISIÓN DE GARANTIA DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (GAIP)
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