En aquest apartat podreu consultar la composició i funcions de la Comissió Antifrau.

El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia hace referencia a la obligación de los Estados miembros de tomar las medidas oportunas para prevenir, detectar y corregir el fraude y la corrupción y ejercitar acciones legales para ejercitar acciones legales. Con el fin de dar cumplimiento a esta obligación, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, ordena disponer de un «Plan de medidas antifraude» a toda entidad, decisora ​​o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que le permita garantizar que en el con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

El Ayuntamiento de Rubí, por su condición de entidad ejecutora de proyectos financiados con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha puesto en marcha un conjunto de medidas orientadas a proteger a los intereses financieros de la Unión Europea durante la ejecución de los proyectos financiados con fondos del citado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Respecto a estos fondos, el Ayuntamiento ha realizado las siguientes acciones:

Para el seguimiento de la ejecución de las medidas recogidas en este Plan, se crea una Comisión Antifraude que está formada per los seguientes miembros:

  • Coordinador de Alcaldía: Jordi Ferret Fortuny
  • Técnica de Servicios Jurídicos: Maribel Torres Pujol
  • Técnica de Gobierno Abierto: Mar Lobato Díaz.

Las funciones de la Comisión Antifraude son las siguientes:

  •     Velar por el correcto desarrollo y cumplimiento del plan.
  •     Coordinar y programar las acciones para su implementación.
  •     Analizar su funcionamiento y proponer modificaciones.
  •     Informar periódicamente a Alcaldía y Gerencia sobre las actuaciones relativas al mismo.
  •     Promover periódicamente la realización de nuevas evaluaciones de riesgo de fraude conforme al cuestionario establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

También le corresponde la gestión del Canal interno de denuncias (Buzón ético)