Si no has encontrado la manera de llevar a cabo un trámite electrónico, o si tienes que hacer alguno a menudo, guárdate este apartado en tu lista de enlaces de interés. Con un solo clic podrás presentar documentación al ente, comunicar, solicitar o reclamar algún tema, o bien hacer llegar un recurso.

La instancia genérica se puede utilizar para la presentación de cualquier petición que se quiera dirigir al Ayuntamiento de Gavà, siempre que dicha petición no se corresponda con un trámite específico existente para el cual no haya un modelo normalizado de solicitud.  

 

TRAMITACIÓN:

 

Quien lo puede pedir: Cualquier persona física o jurídica. Para poder tramitar la solicitud es necesario que la persona solicitante facilite, como mínimo, su identificación y un lugar de notificación, reflejando con claridad su petición y el motivo detallado. 

 

Cuando se puede pedir: Durante todo el año

 

Coste: Gratuito

 

Plazo de resolución: 3 meses como norma general (art. 21.3 Ley 39/2015)

 

Efectos del silencio: estimatorio con carácter general, excepto en los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición, los que impliquen tranferencia al solicitante o a terceros de facultades relativas al dominio público o al servicio público, impliquen el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente, se refieran a procedimientos de responsabilidad patrimonial, se impugnen actos o disposiciones y en los de revisión de oficio iniciados a solicitud del interessado (art. 24 Ley 39/2015)

 

FORMAS DE TRAMITACIÓN:

 

En línea: Para acceder al formulario deberéis disponer de certificado digital o d'idCatMobil.  Están obligadas a presentar el trámite de forma electrónica las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, los que ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación, los notarios, los registradores de la propiedad y mercantiles, y aquellas personas que actuen en representación de otras que estén incluidas en los colectivos anteriores. 

 

La presentación en un dia inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer dia hábil siguiente, excepto cuando una norma permita expresamente la recepción en un día inhábil.

 

Para acceder al trámite usat este enlace.

 

Presencial: En el l'Ayuntamiento, en los horarios de la Oficina de Atención Ciudadana (OAC)

 

Esta forma de tramitación sólo podrá ser utilitzada por las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la administración (art. 14.2 Ley 39/2015). 

 

Deberéis presentar la instància genérica debidamente rellenada, acompañada de la documentación que consideréis necesaria para dar soporte a vuestra petición.    

 

Para recibir una atención más ágil os recomendamos reservar cita previa en la OAC.