Para ayudarnos a mejorar, si quiere puede trasladarnos sus sugerencias al respecto, sin respuesta de la administración, en el siguiente campo de texto
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¿No has encontrado la información que necesitas y quieres solicitarla? Si tienes más de 16 años, aquí encontrarás el enlace al trámite que te permitirá ejercer tu derecho a hacerlo.
SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
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El Ayuntamiento de Viladecans pone al alcance de la ciudadanía la información pública de la que dispone, en aplicación de la normativa estatal y autonómica de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Es información pública objeto del derecho de acceso, toda la información, cualquier dato o documentos que las Administraciones Públicas han elaborado, poseen o pueden legítimamente exigir a terceras personas como consecuencia de su actividad o del ejercicio de sus funciones. El Ayuntamiento de Viladecans canaliza su deber de publicidad activa, a través de su portal de transparencia. Si no localiza la información que necesita en este portal, puede ejercer su derecho de acceso a la información pública siguiendo la información del tràmite. |
QUIÉN PUEDE REALIZAR LA SOLICITUD
Puede ejercer su derecho tanto a título individual com en nombre y representación de cualquier persona jurídica legalmente constituida.
Si lo desea ejercer a través de representante, será necesario que éste esté autorizado expresamente a través del correspondiente formulario de autorización, que deberá acompañar, en su caso, de las copias de los documentos de identificación del solicitante y de su representante.
El derecho de acceso a la información pública se puede ejercer a partir de los 16 años y sólo puede ser denegado o restringido si el conocimiento o la divulgación de la información conlleva:
1. Perjuicio para la seguridad pública.
2. La investigación o la sanción de las infracciones penales, administrativas o disciplinarias.
3. El secreto o la confidencialidad en los procedimientos tramitados por la Administración Pública, si el secreto o la confidencialidad son establecidos por una norma con rango de ley.
4. El principio de igualdad de las partes en los procesos judiciales o la tutela judicial efectiva.
5. Los derechos de los menores de edad.
6. La intimidad, y los demás derechos privados legítimos.
7. El secreto profesional y los derechos de propiedad intelectual e industrial.
8. Si la información tiene la condición de protegida y así lo establece expresamente una norma con rango de ley.
9. En caso de que se trate de información que contenga datos de carácter personal, se puede dar acceso a la información, previa ponderación razonada del interés público en la divulgación y los derechos de las personas afectadas.
CÓMO SE PUEDE EFECTUAR LA SOLICITUD
Podrá presentar la solicitud a través del formulario asociado al presente trámite donde deberá quedar constancia de:
• Su identidad.
• La información solicitada de la forma más precisa posible, aunque no es necesario que indique ningún documento ni expediente concreto.
• Una dirección de contacto (preferentemente electrónica) a efectos de notificaciones.
• La forma en que prefiere acceder a la información solicitada.
Aunque no es necesario que motive su solicitud de acceso a la información ni debe tener ningún interés personal al respecto, si expone los motivos por los que la realiza, éstos podrán ser tenidos en consideración al emitir la resolución de la misma.

Información importante para rellenar los formularios:
1. Situar el cursor encima de la palabra FORMULARIO que encontrarás bajo el punto 4.
2. Con el botón derecho del ratón seleccionar "Guardar enlace como".
3. Descargar el documento en el escritorio o en la carpeta dónde se vaya a guardar.
4. Acceda al documento descargado y ya podrá rellenarlo, firmarlo y enviarlo a través del trámite.
FORMULARIO de Solicitud de Acceso a la Información Pública.
FORMULARIO de Autorización de la Representación.
No se podrán admitir solicitudes que:
• Pidan notas, borradores, resúmenes, opiniones o cualquier documento de trabajo interno sin relevancia o interés público.
• Para obtener la información solicitada haya una tarea compleja de elaboración o reelaboración. En este caso, se podría entregar la información de manera desglosada, con audiencia previa al interesado.
• Soliciten documentación que esté en fase de elaboración y deba hacerse pública dentro del plazo de tres meses.
• Consistan en consultas jurídicas o peticiones de informes o dictámenes. Sin perjuicio de los supuestos de consulta u orientación establecidos por la legislación general de procedimiento administrativo y por las leyes sectoriales que se pidan de acuerdo con la normativa correspondiente.
• Sean manifiestamente repetitivas o tengan un carácter abusivo no justificado con el fin de transparencia de la legislación.
EN QUÉ SOPORTES PODRÁ RECIBIR LA INFORMACIÓN SOLICITADA
El Ayuntamiento de Viladecans le suministrará la información en el formato que indique.
Se podrá entregar, en cambio, en un formato diferente al solicitado en los casos siguientes:
• Si hay una alternativa más económica, siempre que el solicitante no vea así dificultado su acceso a los datos.
• Si la información ya ha sido difundida o publicada provisonalmente en otro formato por parte del Ayuntamiento de Viladecans, En este caso, se deberá indicar al solicitante la fuente de información para su consulta.
• Si se considera razonable utilizar un formato diferente del solicitado, siempre y cuando se justifique esta decisión.
• Si el formato en el que se ha pedido la información puede conllevar la pérdida del soporte que la contiene o lo puede dañar.
• Si técnicamente no es posible hacer una copia en el formato en el que se ha pedido la información.
• Si el formato en el que se ha solicitado la información puede afectar a los derechos de propiedad intelectual.
CONDICIONES DE REUTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Les facilitaremos la información solicitada en formatos reutilizables y de acuerdo con las condiciones de uso que podrá consultar si ejecuta el siguiente enlace.
Las condiciones de uso que figuren en las licencias de reutilización asociadas a la información facilitada vinculan a las personas reutilizadoras por el solo hecho de obtener la información a acceder. La reutilización de la información se realizará bajo la responsabilidad exclusiva de la persona reutilizadora.
Igualmente, en cumplimiento del artículo 75.10 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública, si lo considera oportuno, podrá pedir un certificado de las condiciones de reutilización que rigen para la información solicitada y/o publicada en un momento determinado. Esta solicitud la podrá articular mediante este trámite o marcando la casilla de solicitud de certificado de reutilización en el formulario específico de Solicitud de Acceso a la Información Pública.
Tendrá, igualmente, la obligación de tratar la información facilitada de acuerdo con la normativa de protección de datos. Podrá acceder a la política genérica de privacidad en materia de datos de carácter personal si accede a este enlace. La resolución de la solicitud de acceso a la información pública le informará de las condiciones específicas que apliquen a su solicitud.
PLAZOS
Daremos respuesta a su solicitud en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la presentación de la misma.
Prórroga: este plazo se puede prorrogar hasta un periodo igual a la mitad del plazo inicial, si lo justifica el volumen o complejidad de la información requerida. La prórroga y las causas que la motivan tendrán que ser comunicadas antes del vencimiento del primer plazo de respuesta.
CUÁNDO PUEDE EJERCER SU DERECHO
Se podrán presentar las solicitudes en cualquier momento.
PRECIOS
El acceso a la información pública es gratuito. Sin embargo, la expedición de copias y la transformación en formatos distintos al original, están sujetas a lo establecido por la ordenanza fiscal 1.06 Reguladora de las tasas de servicios generales del Ayuntamiento de Viladecans (para este 2026 se mantiene vigente la ordenanza 1.06 del ejercicio 2025).
SILENCIO ADMINISTRATIVO
La solicitud se entenderá estimada si la Administración no resuelve y notifica en el plazo establecido, salvo que una norma con rango de ley establezca expresamente efecto desestimatorio.
El derecho de acceso, sin embargo, no se puede adquirir por silencio administrativo si concurre alguno de los límites establecidos por esta ley u otras leyes para tener acceso a la información pública.
QUÉ PUEDE HACER SI EL AYUNTAMIENTO NO LE CONTESTA
Puede presentar un recurso exponiendo los argumentos que considere oportunos. Para hacerlo, tiene las opciones siguientes:
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Reclamación ante la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública |
Recurso de reposición |
Recurso contencioso administrativo |
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¿En qué consiste? |
Es un procedimiento gratuito que permite reclamar que se ha vulnerado el derecho de acceso a la información pública. |
Es un recurso que permite impugnar el Decreto ante el órgano que lo ha dictado, para que reconsidere o anule la respuesta. |
Es un recurso que permite impugnar el Decreto ante un juez o tribunal competente. |
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¿Qué plazo tiene para presentarlo? |
1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que el Ayuntamiento le notifique el Decreto.
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2 meses a partir del día siguiente a la fecha en que el Ayuntamiento le notifique el Decreto. |
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Los meses se cuentan de fecha a fecha. |
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¿Dónde puede presentarlo? |
En la Comisión. |
En el órgano que ha dictado el Decreto. |
A la Sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de Instancia de Barcelona. |
NORMATIVA REGULADORA
Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública. Acceda
Ordenanza de Administración digital y transparencia del Ayuntamiento de Viladecans. Acceda
Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre la reutilización de la información del sector público. Acceda
DÓNDE PUEDE PRESENTAR SUS SOLICITUDES
• De manera TELEMÁTICA en la sede electrónica del Ayuntamiento de Viladecans: Acceda al trámite
• De manera PRESENCIAL en: Oficinas de asistencia de registro
Si tiene dudas o necesita asesoramiento relativo a las solicitudes de acceso a la información pública puede contactar directamente con el correo electrónico siguiente: [email protected]
INFORMACIÓN GRÁFICA DE LOS INDICADORES DE GESTIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (SAIP)
Acceda al Portal Viladecans 360 para consultar y descargarse los datos de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública en formato datos abiertos. (Actualización trimestral. Próxima actualización junio de 2026)
También podrá consultar los datos de ejercicios anteriores (2019-2021)