La Junta de Portavoces es un órgano colegiado complementario de la organización municipal, de carácter deliberativo y no resolutivo, integrado por el alcalde o alcaldesa y los portavoces, titulares o suplentes, de cada uno dels grupos políticos municipales.
La Junta de Portavoces se crea con la finalidad de que sea el fórum adecuado para el debate entre las diferentes fuerzas políticas representadas, de las cuestiones de carácter municipal que tengan que ser sometidas a la consideración de cualquier órgano o sean relevantes para la vida municipal.
En la sesión de constitución de la Junta de Portavoces, se establecerá el régimen de sesiones correspondientes, y se considerará el hecho de que tenga que reunirse, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que se tenga que convocar la sesión plenaria ordinaria.
La Junta de Portavoces está formada por todos los portavoces, titulares o suplentes, de los grupos municipales, y estará presidida por el o por la portavoz designado o designada por el alcalde o alcaldesa, excepto en aquellos casos en los que asista el alcalde o alcaldesa, que será quien la presida.
Las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta de Portavoces serán convocadas por el presidente o presidenta de la Junta de Portavoces, mediante citación efectuada por la secretaria de alcaldia, que no precisará de formalidad alguna y que podrá emplear sistemas informáticos o telemáticos. El ROM establece que la Junta de Portavoces se ha de reunir sempre con anterioridad a la fecha de celebración de la sesión plenaria ordinaria, es decir, una vez al mes. No obstante, en la actualidad se reune confrecuencia semanal, excepción hecha de la semana siguiente a la celebración de la sesión plenaria ordinaria.
Las sesiones de la Junta de Portavoces no tendrán carácter público y aquello que sea objeto de la misma permanecerá, ordinariamente, sujeto a la obligación de reserva por parte de los miembros que formen parte de la misma.
Las consideraciones de la Junta de Portavoces no tendrán carácter preceptivo ni vinculante, ni darán lugar a ningún acto administrativo.
Con carácter excepcional, podrán asistir a las sesiones de la Junta de Portavoces, los miembros y el personal de la corporación que el presidente de la Junta de Portavoces considere conveniente, para informar sobre asuntos concretos.
Los miembros de la Junta de Portavoces son:
Por parte del Grup Municipal Socialista-Candidatura de Progrés (PSC-CP), el sr. Eduard Sanz
Por parte del Grup Municipal Republicà (GMR), el sr. Roger Martínez
Por parte del Grupo Municipal Popular (GMP), el sr. Agustín Parra, a partir del 25.05.24, a raíz de la renuncia al acta de concejal del sr. Marcos Sánchez presentada en fecha 22.05.24 (en el Pleno Municipal de 26 de junio de 2024 se da cuenta de dicha renuncia).
Por parte del Grup Municipal d'Esplugues en Comú Podem-Confluència (ECP-C), el sr. Jordi Pérez
Por parte del Grup Municipal Junts per Esplugues-Compromís Municipal, el sr. Iban Salvador
Por parte del Grupo Municipal VOX, el sr. Daniel Lafuente