El delegado de protección de datos tiene, entre otros, las funciones siguientes:
· Informar y asesorar el responsable o el encargado y los trabajadores sobre las obligaciones que impone la normativa de protección de datos.
· Supervisar que se cumple la normativa.
· Asesorar respecto de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos.
· Cooperar con la autoridad de control.
· Actuar como punto de contacto para cuestiones relativas al tratamiento.
Los responsables y los encargados tienen que hacer pública la designación del delegado de protección de datos y sus datos de contacto y las tienen que comunicar a la autoridad de supervisión competente.
La posición del DPD a las organizaciones tiene que cumplir los requisitos que establece el RGPD.
Entre estos requisitos hay la autonomía en el ejercicio de sus funciones, la necesidad que se relacione con el nivel superior de la dirección o la obligación que el responsable o el encargado le faciliten todos los recursos necesarios para desarrollar su actividad.