Para ayudarnos a mejorar, si quiere puede trasladarnos sus sugerencias al respecto, sin respuesta de la administración, en el siguiente campo de texto
* El mensaje no puede superar los 1000 carácteres
¿No has encontrado la información que necesitas y quieres solicitarla? Si tienes más de 16 años, aquí encontrarás el enlace al trámite que te permitirá ejercer tu derecho a hacerlo.
Si entre la información pública que se ofrece en este portal no encuentra la que busca, puede solicitarla al Ayuntamiento de estas dos maneras:
La solicitud deberá contener los datos de identidad del solicitante, la información solicitada y una dirección de contacto a efectos de comunicaciones. Aunque no es necesario que se motive la solicitud de acceso a la información ni es necesario que se tenga un interés personal, si se exponen los motivos por los que se solicita, estos podrán ser tenidos en cuenta a la hora de resolver la solicitud.
Si la persona interesada delega en otra que la represente, además de los datos de la persona solicitante se deberán indicar los datos correspondientes a la persona representante acompañada de la correspondiente autorización o poder de representación y de la fotocopia del documento identificativo de la persona solicitante.
El derecho de acceso a la información pública se puede ejercer a partir de los 16 años y solo puede ser denegado o restringido si el conocimiento o la divulgación de la información comporta un perjuicio para la seguridad pública; la investigación o la sanción de las infracciones penales, administrativas o disciplinarias; el secreto o la confidencialidad en los procedimientos tramitados por la Administración pública, si el secreto o la confidencialidad están establecidos por una norma con rango de ley; el principio de igualdad de las partes en los procesos judiciales o la tutela judicial efectiva; los derechos de los menores de edad; la intimidad y los otros derechos privados legítimos o por el secreto profesional y los derechos de propiedad intelectual e industrial.
En el caso de que se trate de información que contenga datos personales, se puede dar acceso a la información, con la previa ponderación razonada del interés público en la divulgación y los derechos de las personas afectadas.