Les EPEL's no estan obligades per l'art. 12.3 de la Llei 39/2015 a tenir un registre de funcionaris habilitats.
L'art. 106.1 de la Llei 40/2015 determina que "El personal de las entidades públicas empresariales se rige por el Derecho laboral, con las especificaciones dispuestas en este artículo y las excepciones relativas a los funcionarios públicos de la Administración General del Estado, quienes se regirán por lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril y demás normativa reguladora de los funcionarios públicos o por la normativa laboral".